La Audiencia de Madrid ha revocado la sentencia
que condenó a Uralita a indemnizar con casi 3.918.594 euros a medio centenar de
vecinos de Cerdanyola y Ripollet por los daños derivados de la exposición al
polvo de amianto generado en una fábrica de la empresa.
La sección novena
de la Audiencia madrileña ha estimado el recurso de apelación presentado por
Uralita contra esa sentencia del juzgado de instrucción número 46 de Madrid, que
en 2010 consideró que la causa de los padecimientos de los demandantes, o de sus
familiares fallecidos, era la actividad industrial realizada desde 1907 en la
factoría de Uralita situada entre Cerdanyola y Ripollet, municipios donde han
residido durante décadas los afectados.
Aquella sentencia fue pionera porque
por primera vez no se trataba de empleados de la fábrica, sino de 45 vecinos que
vivían en sus inmediaciones y que, según la resolución judicial, sufrían
enfermedades que eran producto del contacto que habían mantenido diariamente con
el amianto que utilizaba Uralita para fabricar sus materiales.
Ahora, la
Audiencia madrileña ha revocado la resolución judicial para estimar la excepción
de prescripción de las acciones deducidas y, en consecuencia, desestimar la
demanda inicial del procedimiento entablada por los vecinos.
En la
resolución, la Audiencia expone que "la totalidad de las acciones de
responsabilidad extracontractual ejercitadas con la demanda se encontraban
prescritas en el momento de presentación de la demanda".